Penas económicas por incumplimiento contractual
26 de Junio 2012Penalidades económicas en el caso de incumplimiento del pliego por parte de la empresa Taurodelta, S.A., gestora de la plaza de toros de Las Ventas de Madrid. Esperemos que no ocurra.
Quién sabe lo que pasará, esperemos que no ocurra, nadie que yo sepa se ha ocupado de comprobar si ha habido algún incumplimiento por parte de Taurodelta S.L. del pliego actual. Algunos aspectos del mismo en cuanto a la actuación de matadores de toros durante la feria de San Isidro son ambiguos y nada se sabe de listas de toreros ni nada, todo nos deja un poco indefensos.
Llega septiembre y ahí sí está claro lo que tiene que programarse y en qué condiciones, pero si esto no fuera así en el pliego hay Cláusulas donde se explica bien claro las penalidades económicas a las que se puede exponer la empresa si no cumple.
Clausula 18-Tercer Criterio
“Todos los aspectos valorados positivamente de la oferta del licitador que resulte adjudicatario se incorporaran al contenido del contrato a todos los efectos en lo que mejore lo dispuesto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas”.
Clausula 21-Penalidades
Penalidad económica de 100.001 a 150.000 euros por el incumplimiento apreciado por la administración de las obligaciones siguientes:
b) La no celebración de los espectáculos ofertados adicionalmente a los de cumplimiento obligatorio.
Penalidad económica de 150.001 a 200.000 euros por el incumplimiento apreciado por la administración de las obligaciones siguientes:
a) La alteración o variación no autorizada por la administración contratante de la programación ofertada con respecto a los espectáculos de cumplimiento obligatorio consignados en la prescripción segunda del pliego de prescripciones técnicas.
Hay muchos aficionados esperando a ver lo que ocurre con las ganaderías del ciclo de novilladas de encastes minoritarios de septiembre, los rumores corren sobre los hierros a designar, parece ser y todo a la espera de confirmación oficial que Partido de Resina y Aurelio Hernando que en principio estaban entre las posibles, ahora ya no lo están y entrarían en su lugar dos muy solicitadas por la afición y con las que casi todos contábamos como son Herederos de José Escobar (Graciliano) y Prieto de la Cal (Veragua).
Sea como fuere, que se cumpla el pliego, que para eso está, y que la Comunidad vigile, que es su obligación.
Llega septiembre y ahí sí está claro lo que tiene que programarse y en qué condiciones, pero si esto no fuera así en el pliego hay Cláusulas donde se explica bien claro las penalidades económicas a las que se puede exponer la empresa si no cumple.
Clausula 18-Tercer Criterio
“Todos los aspectos valorados positivamente de la oferta del licitador que resulte adjudicatario se incorporaran al contenido del contrato a todos los efectos en lo que mejore lo dispuesto en los pliegos de cláusulas administrativas particulares y de prescripciones técnicas”.
Clausula 21-Penalidades
Penalidad económica de 100.001 a 150.000 euros por el incumplimiento apreciado por la administración de las obligaciones siguientes:
b) La no celebración de los espectáculos ofertados adicionalmente a los de cumplimiento obligatorio.
Penalidad económica de 150.001 a 200.000 euros por el incumplimiento apreciado por la administración de las obligaciones siguientes:
a) La alteración o variación no autorizada por la administración contratante de la programación ofertada con respecto a los espectáculos de cumplimiento obligatorio consignados en la prescripción segunda del pliego de prescripciones técnicas.
Hay muchos aficionados esperando a ver lo que ocurre con las ganaderías del ciclo de novilladas de encastes minoritarios de septiembre, los rumores corren sobre los hierros a designar, parece ser y todo a la espera de confirmación oficial que Partido de Resina y Aurelio Hernando que en principio estaban entre las posibles, ahora ya no lo están y entrarían en su lugar dos muy solicitadas por la afición y con las que casi todos contábamos como son Herederos de José Escobar (Graciliano) y Prieto de la Cal (Veragua).
Sea como fuere, que se cumpla el pliego, que para eso está, y que la Comunidad vigile, que es su obligación.
Fotografía: archivo
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